El Gobierno cedió y realizó cambios en el articulado del proyecto de Ficha Limpia, que este miércoles se tratará en la sesión de la Cámara de Diputados, en el marco del segundo debate en el recinto desde que se inició el periodo de extraordinarias del Congreso. “Están los votos”, afirmó un funcionario clave de la Casa Rosada, luego de que se concretara una reunión con referentes de los bloques dialoguistas, quienes aceptaron dar quorum y darle media sanción al expediente. El encuentro lo encabezaron el vicejefe de Gabinete Ejecutivo, José Rolandi, el titular de la Cámara Baja, Martín Menem, el jefe del bloque libertario, Gabriel Bornoroni. Debido a la imposibilidad de lograr los votos en el dictamen oficialista, la Casa Rosada accedió a los planteos opositores y buscó "unificar" los seis textos que circulaban hasta este martes. El nuevo proyecto impide que sean candidatos a cargos públicos quienes tienen condenas por delitos contra la administración pública confirmadas en segunda instancia. Hasta la fecha, la iniciativa planteaba que esa condena debía ser confirmada antes del 31 de diciembre del año anterior a los comicios. Ante esa confección, Cristina Kirchner no podría ser candidata este año (si lo quisiera), al ser condenada en la causa Vialidad, la cual fue confirmada en diciembre de 2024. El artículo que se modifica es justamente el que se refiere a esa fecha del calendario. Para los opositores esa redacción fomentaba la discrecionalidad de los jueces y no respondía a ningún criterio jurídico y electoral, "sino a un capricho del Ejecutivo que nunca explicó el motivo". "El supuesto previsto en el presente inciso se aplicará únicamente en los casos en que la condena impuesta hubiera sido confirmada en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral, en la que se hubiera confirmado la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la sentencia de primera instancia, aunque modifique la pena impuesta", decía el artículo en cuestión. El párrafo se reformuló. "El supuesto previsto en el presente inciso se aplicará únicamente en aquellos casos en que la sentencia condenatoria resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al plazo establecido en el artículo 25° del Código Electoral Nacional", dice ahora, con los cambios corregidos por el oficialismo. Con este cambio, se dispone como plazo final el que fija el artículo 25 del Código Nacional Electoral para el cierre de los padrones provisorios. De acuerdo a ese código, los padrones provisorios deben cerrarse 180 días antes de la elección general, este año fijado el 26 de octubre. Por lo tanto, la fecha que vence el plazo de los padrones es el 29 de abril de 2025. Las fuentes parlamentarias consultadas indican que no hay cambios para la situación de Cristina Fernández de Kirchner, por lo que no habrá ningún giro en el posicionamiento de Unión por la Patria que votará en contra aludiendo a que la expresidenta "es perseguida y buscan proscribirla". En caso de conseguir los 129 votos necesarios, al tratarse cambios en una ley electoral, el gobierno cree que el peronismo en el Senado se abroquelará y logrará los tres votos que necesita para frenas el proyecto.