El Gobierno nacional dispuso a través de la Resolución 3934/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, un nuevo marco normativo orientado a regular la presentación de planes de salud por parte de los Agentes del Seguro de Salud. La medida tiene como eje asegurar la claridad en la oferta de las prepagas en los planes abiertos o cerrados que se brindan a los beneficiarios, y reforzar la transparencia en el acceso a los servicios médicos. A partir de hoy, cada plan de salud deberá acompañarse de su cartilla prestacional, en la que se detallen los profesionales, centros médicos y prestadores habilitados, así como las condiciones específicas de acceso y cobertura. En los casos de planes cerrados, las prestaciones estarán limitadas a las indicadas por los profesionales que figuren en la cartilla del agente correspondiente. En tanto que todas las prácticas de diagnóstico y quirúrgicas también deben ser de médicos de la cartilla. La resolución fue publicada este viernes en el Boletín Oficial y se calcula que tendrá un impacto en más de un millón de afiliados que comenzarán a girar sus aportes a empresas de medicina prepaga. El detalle de los cambios Los médicos prescriptores tendrán la obligación de acreditar que pertenecen a la red prestacional del Agente del Seguro de Salud. Además, deberán presentar una declaración jurada que asegure la inexistencia de conflictos de intereses con los proveedores de las tecnologías o medicamentos indicados. Estos controles serán imprescindibles tanto para validar la cobertura como para solicitar subsidios o reintegros por prestaciones realizadas fuera de la cartilla. En los casos en los que los beneficiarios recurran a la vía administrativa o judicial, estas exigencias seguirán siendo aplicables.